Estado de tramitación
El Pleno del Consejo Económico y Social (CES) aprobó el Dictamen 12/2026 en sesión extraordinaria celebrada el 6 de octubre de 2026, en el marco del procedimiento de elaboración del Anteproyecto. Se trata de un trámite preceptivo con carácter previo a su aprobación como Proyecto de Ley y a su posterior remisión a las Cortes Generales.
Objeto y ámbito de aplicación
El Dictamen del CES analiza el Anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo, mediante el que se transponen al ordenamiento español la Directiva (UE) 2023/2225 y la Directiva (UE) 2023/2673, con el objetivo de adaptar el marco regulatorio a las nuevas modalidades de financiación, reforzar la protección de los consumidores y favorecer un funcionamiento más homogéneo del mercado de crédito al consumo en la Unión Europea.
En términos generales, el CES valora positivamente la iniciativa y comparte la necesidad de modernizar la regulación vigente para dar respuesta a los retos derivados de la digitalización y de la creciente complejidad de los productos financieros. Asimismo, advierte del retraso en la transposición de ambas Directivas, cuyos plazos vencieron el 20 de noviembre y el 19 de diciembre de 2025, respectivamente.
Entre las principales medidas previstas en el Anteproyecto destacan: (i) la introducción de un régimen de reserva de actividad y autorización previa para determinados prestamistas e intermediarios de crédito, con la creación de las figuras de los establecimientos financieros de crédito de actividad limitada (EFCAL) y de los prestamistas de alto coste autorizados (PACA); (ii) el establecimiento de un sistema de limitación de la TAE y de otros costes del crédito basado en referencias actualizadas por el Banco de España, con un límite transitorio de la TAE del 22% hasta la entrada en vigor del desarrollo reglamentario; (iii) el refuerzo de las obligaciones de información precontractual y de evaluación de la solvencia, incluidos requisitos de transparencia respecto del uso de herramientas automatizadas; y (iv) la incorporación de mecanismos para prevenir y gestionar situaciones de sobreendeudamiento, como la obligación de los prestamistas de contar con una política de renegociación de deudas.
El CES respalda los objetivos generales de la reforma, pero propone diversas mejoras para reforzar la seguridad jurídica y su aplicación práctica. Entre ellas, destaca la necesidad de precisar el concepto de consumidor vulnerable, revisar el régimen de costes del crédito, garantizar la coordinación con otras iniciativas legislativas y establecer plazos claros para su desarrollo reglamentario.
Acciones llevadas a cabo por ASNEF
ASNEF participó en la aportación de observaciones al Dictamen del Consejo Económico y Social (CES) por invitación de CEOE, actuando como experto sectorial en la materia. En el marco de dicha intervención, y tras el análisis realizado por el grupo de trabajo constituido específicamente para el estudio del Anteproyecto de Ley, ASNEF aportó diversas observaciones.
Entre otras observaciones señaladas por el CES en su Dictamen, destacan las relativas a la definición de consumidor vulnerable, la no aplicación retroactiva del tope transitorio del 22% a los saldos vivos de tarjetas revolving preexistentes, la necesidad de establecer límites de tipos de interés diferenciados por producto, la apertura del segmento de crédito de alto coste a otras entidades reguladas, la protección del secreto comercial en los procesos de evaluación de solvencia, el régimen transitorio respecto de la Ley de Usura de 1908 y la insuficiencia del plazo de tres meses previsto para la entrada en vigor de la norma.
Próximos pasos
La tramitación del Anteoroyecto de Ley ha quedado temporalmente paralizada, debido a la convocatoria de elecciones. En consecuencia, no se prevén actuaciones inmediatas por parte de ASNEF, sin perjuicio de realizar un seguimiento de la evolución de la posible reactivación de la iniciativa legislativa una vez se reanude la actividad parlamentaria.