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Sentencia del Tribunal Supremo en materia de abuso del derecho y condena en costas

5 de noviembre de 2026

La Sentencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo núm. 1599/2026, de 9 de octubre (RCA 893/2024), desestima el recurso de casación de una consumidora que, el mismo día, presentó dos demandas frente a la misma entidad respecto de un mismo préstamo hipotecario de 2005: una sobre la comisión de apertura y la cesión del crédito, y otra exclusivamente sobre la cláusula de intereses de demora, que nunca había sido aplicada y cuya cuantía fijó en 48.688 euros. Pese a confirmarse la nulidad de esta última cláusula, la Sala avala que no se impongan a la entidad las costas de la primera instancia, al apreciar una división artificiosa de pretensiones perfectamente acumulables sin otra finalidad objetiva que obtener una doble condena en costas.

El Alto Tribunal señala que la condena en costas no es una sanción, sino una compensación de los gastos necesarios, y que en materia de consumidores cumple una función disuasoria; sin embargo, la tutela de la consumidora habría quedado plenamente satisfecha con una única demanda, por lo que la exclusión de las costas del procedimiento superfluo no vulnera el principio de efectividad ni produce un efecto disuasorio inverso. La sentencia, en línea con las SSTS 1715/2024, de 20 de diciembre, y 191/2025, de 6 de febrero, invoca además la noción de abuso del servicio público de Justicia y constituye un pronunciamiento de especial relevancia frente a las estrategias de litigación en masa basadas en la multiplicación de procedimientos.