Estado de tramitación
La Circular 1/2025, de 19 de diciembre, del Banco de España, fue aprobada por el Consejo de Gobierno y publicada en el BOE el 29 de diciembre de 2025, entrando en vigor al día siguiente. La norma establece un calendario de aplicación progresivo a lo largo de 2026, en función de la naturaleza de las modificaciones introducidas.
Objeto y ámbito de aplicación
- La Circular tiene por objeto actualizar el marco de información financiera, prudencial y de riesgos aplicable a las entidades de crédito, con el fin de mantener la plena convergencia con las NIIFUE, reforzar la calidad, coherencia y comparabilidad del reporting y adaptar los requerimientos de información a la evolución reciente del marco regulatorio europeo y del entorno supervisor. En este contexto, revisa criterios de clasificación, valoración y provisiones, así como determinados aspectos técnicos del riesgo de crédito, incluidos los vinculados al riesgopaís y al entorno macroeconómico y geopolítico.
- El ámbito de aplicación se circunscribe a las entidades de crédito y sucursales en España de entidades extranjeras, con especial impacto en los sistemas de reporte y en la información remitida al Banco de España y a la Central de Información de Riesgos (CIR). La Circular avanza además en la simplificación del reporting, suprimiendo determinados estados financieros reservados y sustituyéndolos por información granular procedente de la CIR, lo que refuerza el papel de los sistemas de información crediticia y eleva las exigencias de calidad, consistencia y trazabilidad del dato.
Acciones llevadas a cabo por ASNEF
Se han enviado a los asociados circulares informado sobre los cambios aplicables y se ha tratado en la Comisión de Contabilidad con el objetivo de aclarar los impactos prácticos de la misma.
Próximos pasos
Sin acciones relevantes previstas.